agosto 2023

El contrato de intermediación inmobiliaria

El contrato de intermediación inmobiliaria

El contrato de intermediación inmobiliaria no tiene una regulación específica en el código civil, ni en ninguna norma del ordenamiento jurídico español, a pesar de ser unos de los contratos más utilizados. Ha tenido que ser conformado por la Jurisprudencia de los Tribunales. Consecuencia de su falta de regulación se rige por las estipulaciones de las partes que no sean contrarias a la ley, y en lo no previsto en el contrato, por los preceptos correspondientes a figuras similares, como el mandato. Respecto a cuándo nace el derecho del agente a percibir sus honorarios, los Tribunales consideran que los honorarios de los agentes se devengan al celebrarse el contrato objeto de la mediación, que es cuando se entiende perfeccionado, aunque luego no se consume. La perfección tiene lugar cuando las partes del contrato se ponen de acuerdo en la cosa objeto de compraventa y el precio, aunque por el momento no haya tenido lugar la entrega de la vivienda ni el total pago del precio. La consumación conlleva que la compraventa ha sido totalmente formalizada mediante la Escritura Pública.

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